Muchos/as estáis pensando en la posibilidad de emigrar y surgen dudas respecto a la prestación por desempleo que estáis cobrando...por ello, os dejamos el enlace de este blog y un extracto muy interesante sobre "exportar" la prestación por desempleo. En el blog aparece además una infografía del SEPE y otros datos útiles.
Solamente es posible "exportar" la prestación por desempleo reconocida en España si se traslada a buscar empleo a un país de la UE/EEE o a Suiza, manteniendo el derecho a cobrar en ese país durante 3 meses en el caso de Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, y 3 meses prorrogables por otros 3, si el traslado es a algún país de la UE.
• Para tener derecho a la exportación es necesario:
- Ser beneficiario/a de la prestación por desempleo.
- Trasladarse para buscar trabajo.
- Haber estado inscrito/a como demandante de empleo al menos 4 semanas.